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      COMPRA Y VENTA DE ACCIONES O PARTICIPACIONES DE SOCIEDADES

      DOCUMENTACIÓN NECESARIA

      – Comprador y vendedor: Documento de Identidad (*).

      – Título de propiedad del vendedor.

      – Estatutos de la sociedad emisora de las acciones o participaciones.

      (*) Si el otorgante es una persona física casada en un régimen pactado en escritura de capitulaciones matrimoniales, deberá aportarla a la notaría.
      Si el otorgante es una persona jurídica, el representante deberá aportar a la notaría la escritura en la que constan sus facultades representativas.

      Documentos

      Los documentos públicos autorizados por Notario reúnen las condiciones de autenticidad (lo que en ella se recoge es cierto), ejecutoriedad (el acuerdo se lleva a la práctica sin necesidad de más pruebas) y legalidad (se ajusta a lo que dicen las leyes). Las Administraciones, los jueces y la sociedad en general atribuyen credibilidad absoluta a los hechos o declaraciones que constan en una escritura pública.

      HORARIO DE ATENCIÓN: Lunes a Viernes (mañanas): 8:30 – 14:30h. Lunes a Jueves (tardes): 16:30 – 18:30h


      Calle Pesquera 2,
      Torrejón de Ardoz
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